SANTO DOMINGO, R.D.- El vicepresidente ejecutivo de la Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus), Servio Tulio Castaños, consideró este miércoles que en la fuga de Pedro Alejandro Castillo Paniagua (Quirinito) actuó “toda una red de personas”.
En ese sentido el jurista consideró que las autoridades deben dar una respuesta a esa situación.
“Toda la sociedad merece una explicación sobre lo sucedido”, dijo.
El jurista habló al inicio de Congreso Internacional sobre Derecho Administrativo, en donde fue reconocida la doctora Rosina de la Cruz Alvarado, como una de las impulsoras de esa norma en el país.
“Quirinito” estando condenado a 30 años por homicidio, fue favorecido por la juez de Ejecución de la Pena, Aleida Jiménez Acosta, de San Francisco de Macorís, con un traslado del Centro de Corrección y Rehabilitación Vista al Valle a en una vivienda, situada en el residencial Bety Marie, del sector Paseo de los Ríos, de esa ciudad, alegando que estaba enfermo.
El artículo 40, acápite 12, de la Constitución de la República, establece: “Queda terminantemente prohibido el traslado de cualquier detenido de un establecimiento carcelario a otro lugar sin orden escrita y motivada de autoridad competente”.
Si la juez motivó esa orden, debe notificársela al ministerio público y, si lo hizo, la procuraduría fiscal de San Francisco de Macorís, es cómplice de la “fuga” de “Quirinito”.
Luego, fue declarado muerto, en una aparente trama para que éste pudiera fugarse dl país.
Las autoridades se enteraros de su alegada “desaparición” o “muerte” a través de los medios de comunicación, por lo que ni el ministerio público, ni la dirección del Centro de Corrección y Rehabilitación de Vista al Valle tenían control de privilegiado recluso.
Al no aparecer su cuerpo, se inició una investigación y el martes, la Procuraduría General de la República admitió que “Quirinito” no estaba muerto y declaró “una orden de captura internacional en su contra”.
Sin embargo, la Procuraduría no tiene facultad para emitir una orden de captura a nivel nacional, ni internacional. Esa decisión debe ser autorizada por un miembro del Poder Judicial.